En España se considera familia numerosa aquella que está integrada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, ya sean estos comunes o no. Esta condición se acredita mediante un carnet individual, que se otorga a cada uno de los miembros de la unidad familiar que sean mayores de 14 años.
Este carnet es válido en todo el territorio nacional y debe estar acompañado siempre del DNI (documento nacional de identidad), el NIE (número de identidad de extranjero) u otro documento que acredite la titularidad de la persona que lo presenta.
Será potestad de la comunidad autónoma que expide esta singularidad familiar el reconocimiento de esta condición, su tramitación y la correspondiente renovación.
El reconocimiento como familia numerosa se puede obtener de dos maneras:
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Presencial: Dirigiéndose a cada una de las oficinas de las Consejerías correspondientes a familia y políticas sociales. Estas pueden tener diferente denominación según la comunidad autónoma.
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Telemática: Entrando en las páginas web oficiales de la comunidad autónoma donde se desee solicitar el título.